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lunes, 3 de abril de 2023

El Alcalde convoca a quienes sepan quién le robó un cerdo a la negra Mercé

 

EL ORIENTAL

PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS
HOLGUIN, 28 de Agosto de 1863. Viernes.
Año 2do. Núm. 40


Por decreto del Sr. Alcalde Mayor de esta Ciudad y su Jurisdicción, expedido en la sumaria instruida contra los que resulten reos por el hurto de un cerdo de la propiedad de la negra Merced, de Doña Antonia Betancourt y cuyo hecho tuvo efecto la noche del veinte del actual en esta ciudad, se ha dispuesto que por tres días consecutivos del periódico “El Oriental”, se convoque a los que supieren quién o quiénes cometieron el delito por lo que se procede, para que dentro de nueve días se presenten en el Juzgado a declarar cuanto les conste. Holguín, 22 de agosto de 1863. Rodríguez.

sábado, 1 de abril de 2023

Edicto que llama a Mariano González acusado de amenazas con armas de fuego

 

EL ORIENTAL

PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS
HOLGUIN, 14 de Agosto de 1863. Viernes.
Año 2do. Núm. 34



Don José Manuel Betancourt, Teniente Alcalde Mayor de esta Ciudad y su jurisdicción y encargado del despacho por enfermedad del propietario.

Por esta, mi tercera carta de edicto, cito, llamo y emplazo a D. Mariano González para que en el término de nueve días primeros y siguientes se presente en la Cárcel Pública de esta Ciudad a descargarse de la culpa que le resulta en la causa criminal que en unión de otros se le sigue por amenazas hechas con armas de fuego a D. Tomás Vega, en el concepto de que se administrará cumplida justicia, y de no verificarlo se le declarará rebelde y contumaz e incurso en las penas de la Ley. Holguín y Agosto 3 de 1863 –José Manuel Betancourt, –Jesús Rodríguez. 

Intestado el difunto Domingo Lanarque, residente en Mayarí

 

EL ORIENTAL

PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS
HOLGUIN, 14 de Agosto de 1863. Viernes.
Año 2do. Núm. 34


Por decreto del Sr. Alcalde Mayor de esta ciudad y su jurisdicción, se ha dispuesto que por tres números consecutivos del periódico “El Oriental” se anuncie al público haberse declarado intestado el fallecimiento de D. Domingo Lamarque, vecino de Mayarí, y por sus herederos a los que por derecho corresponda, a fin de que los que se crean con derecho a los bienes que dejara, concurran a deducirlo en el término de nueve días a contar desde el último anuncio de la presente. Holguín, Agosto 7 de 1863 –Rodríguez 

Pleito de Francisco López contra Policarpo Albuerne.

 

EL ORIENTAL

PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS
HOLGUIN, 14 de Agosto de 1863. Viernes.
Año 2do. Núm. 34


Por decreto del Sr. Alcalde mayor de esta cabecera de fecha 20 de enero del año corriente, expedido en la información de insolvencia promovida por Don Francisco López en el pleito que sigue con D. Policarpo Albuerne en cobro de pesos, se ha declarado con lugar al beneficio de insolvencia impetrado por el dicho López y por auto de 1ro del corriente se ha servido la Real Sala segunda de Justicia confirmar aquel. Y para su publicación en el periódico “El Oriental” en cumplimiento de los prevenido, libro la presente en Holguín, Julio 30 de 1863 –Zayas 

Pleito de José Julián de Peña contra Manuel Pérez Torres

 

EL ORIENTAL

PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS
HOLGUIN, 14 de Agosto de 1863. Viernes.
Año 2do. Núm. 34


Por auto de trece de Abril del corriente año expedido por el Sr. Alcalde Mayor de esta Cabecera en la información de insolvencia promovida por D. José Julián de Peña en pleito que le sigue D. Manuel Pérez Torres, oponiendo y (deteriorado) de una posesión, solicitando (deteriorado) se ha declarado a dicho Peña acreedor al beneficio de insolvencia, que puede usar el papel de pobre dispensándosele así mismo las demás erogaciones del juicio y cuyo acto fue confirmado por la real sala 3ra de justicia por el suyo de 27 de Mayo último. Y para su publicación en el periódico “El Oriental” según lo prevenido, libro la presente en Holguín y Julio 30 de 1863 – Zayas.(Secretario)

jueves, 30 de marzo de 2023

Bando a quienes tengan quejas o reclamaciones contra el Capitán General en Cuba Francisco Serrano

 

EL ORIENTAL

PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS
HOLGUIN 23 de enero de 1863
Año 1. No. 54


El Sr. Teniente de Gobernador accidental ha dispuesto que por tres números consecutivos del “Oriental” se publique el Bando siguiente:

D. Pedro de Lemonsuria, Caballero de la Real y distinguida Orden de Carlos III, Comendador de la de Isabel la Católica, condecorado con diferentes cruces de distinción por acciones de guerra y Oidor de la Real Audiencia Pretorial de esta Isla de Cuba. 

–Hago saber a todos los vecinos y habitantes de esta Isla que por Real Cédula de S.M. (Q.D.G.), de 14 de noviembre del año próximo pasado, le ha sido cometida la residencia del Excmo. Sr. Capitán General D. Francisco Serrano, del tiempo que sirvió los empleos de Gobernador Superior Civil de esta dicha Isla y Presidente de la Real Audiencia Pretorial de la misma, y de las Autoridades que por su enfermedad, ausencia u otro impedimento hubieren desempeñado dichos destinos, como así mismo de los asesores generales y particulares que le hayan consultado y también de los Secretarios de Gobierno con quienes hubiese actuado. En cuya virtud, cito y emplazo a todos los que tuviesen que establecer quejas o demandas contra el referido Excmo. Sr. D. Francisco Serrano o contra cualquiera de los demás empleados, que se hallan sujetos al juicio para que dentro del término de sesenta días, que principiarán a contarse desde que transcurran los doce días siguientes al de la fecha inclusive, comparezcan a verificarlo en mi Juzgado, por ante el Escribano Público de S.M. Ldo. D. Agustín Valerio, seguros de que se les administrará justicia; debiendo estar advertidos que ocurriendo fuera del término expresado, se les dará por o partes e impondrá perpetuo silencio, como igualmente se les advierte que las demandas que se establecieren se han de sustanciar o fenecer dentro de otros 60 días contados desde la presentación. Y para que llegue a noticia de todos mando hacer esta publicación en la siempre fidelísima Ciudad de la Habana a 12 de febrero de 1863.

Y para que por su parte se le dé cumplimiento, libro la presente en Holguín a 20 de febrero de 1863. Miguel de Zayas.

miércoles, 29 de marzo de 2023

Causa criminal contra Manuel Peña

 

EL ORIENTAL

PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS
HOLGUIN 21 de enero de 1863
Año 1. No. 51



Por decreto del Sr. Alcalde Mayor de esta Cabecera, expedido en la causa criminal seguida contra el pardo Juan José Rivero, esclavo de D. José Leal por homicidio alevoso perpetrado en la persona de D. Jorge Preda, natural de Portugal, se manda convocar a los parientes más inmediatos del difunto para que en el término de nueve días comparezca el que quiera mostrarse parte en dicha causa, apercibido, sino lo verificare, de haber renunciado a su derecho. Y cumpliendo con lo prevenido, firmo el presente en Holguín a 16 de enero de 1863. Miguel de Zayas.

En decreto de esta fecha expedido por el Sr. Alcalde Mayor de esta ciudad, auxiliando las providencias del de Santa Clara, en la causa criminal seguida contra el moreno José de la Caridad Carrero por falsificación de un documento de tránsito, y para averiguar su verdadero nombre, procedencia y condición, se ha dispuesto que por tres números consecutivos del periódico “El Oriental” se convoque a las personas que lo conozcan como de condición libre o esclavo para que comparezcan en la Alcaldía Mayor a rendir sus atestados, siendo a filiación de este las siguientes: de estado soltero, oficio de campo, como de veinticinco a treinta años, de estatura regular, color prieto, pelo pasa, frente regular, ojos pardos, nariz regular, boca grande y belfada y barba clara; tiene en el pecho una cicatriz como de una pulgada, otra como de dos pulgadas de longitud sobre la paletilla izquierda y otras pequeñas en la espalda, varias señales de úlceras en ambas piernas y una pequeña cicatriz entre las dos cejas. Holguín y enero 14 de 1863. Salvador de Fuentes.

D. Gabriel de Castro Palomino, Alcalde Mayor de esta Ciudad y su jurisdicción por S.M. &. Por esta, mi primera carta de edicto, cito, llamo y emplazo a D. Manuel Mora para que en el término de nueve días primeros y siguientes, comparezca en este Juzgado a descargarse de la culpa que le resulta en la causa criminal que se le sigue por el asalto y robo hecho a D. Manuel Peña en el cuartón de Barajagua del partido de Mayarí, seguro de que si no lo verifica se le tendrá como rebelde y contumaz e incurso en las penas de la Ley. Y para que se publique en “El Oriental” expido el presente. Holguín, enero 15 de 1863. Castro Palomino.

Causa criminal contra Tomás Ibarra

 

EL ORIENTAL

PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS
HOLGUIN 21 de enero de 1863
Año 1. No. 51


En decreto de esta fecha expedido por el Sr. Alcalde Mayor de esta ciudad y su jurisdicción en la causa criminal seguida contra D. Tomás Ibarra por conato de forzamiento con Da. María Suárez, y riña, se ha dispuesto que por tres números consecutivos del “Oriental” se convoque a D. Manuel Francisco Avalos, para que en el término de nueve días comparezca con el fin de ser interrogado si quiere mostrarse parte de dicha causa como consorte de la ofendida. Holguín, 14 de enero de 1863 años. Salvador de Fuentes.

domingo, 26 de marzo de 2023

GACETILLA Nueva compañía comercial

 

EL ORIENTAL

PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS

HOLGUIN 7 de noviembre de 1862. 
Viernes, San Florencio obispo.
Año 1. No. 19


CIRCULAR. –Hemos recibido la siguiente:

Holguín, Noviembre 4 de 1862
Sr. Director del periódico “El Oriental”.
Holguín.

Muy Señor mío: Con esta fecha he formado sociedad con DON JUAN DEL ROSAL, y la casa que hasta ahora ha girado bajo mi solo nombre, en lo adelante lo hará bajo la razón de

                     ROSAL Y COMPAÑÍA,

continuando en el mismo giro.

Sírvase tomar nota de la firma al pie y rogándole continúe dispensando a la nueva sociedad la confianza que ante le he venido mereciendo, de lo que doy las más expresivas gracias, suscribiéndome de Ud. affmo. S.S.Q.B.S.M
                                                                                                      Fdo. Ricardo del Rosal

Cada vez que vemos a la aplicación, al trabajo y a la honradez de un joven se le tiende una mano para labrarle porvenir, nos regocijamos mucho, porque entonces es cuando los hombres de posibles se asemejan a la Providencia en este valle de miserias en donde el pan de gloria son als onzas españolas y los duros mexicanos.
Reciba nuestro más cumplido pláceme la nueva Sociedad, y Dios quiera que el éxito más satisfactorio obtenga en su giro.

sábado, 25 de marzo de 2023

El Juez emplaza a un pardo (mulato) a comparecer por causa criminal


EL ORIENTAL

PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS

HOLGUIN 7 de noviembre de 1862. 
Viernes, San Florencio obispo.
Año 1. No. 19



Don Gabriel de Castro Palomino, Alcalde mayor de esta ciudad y su jurisdicción, &.

Por esta, mi primera carta de edicto, cito, llamo y emplazo al pardo Antonio García, natural de Puerto príncipe, para que dentro de nueve días siguientes se presente en la Cárcel pública de esta Ciudad a descargarse de la culpa que le resulta en la causa criminal que se le sigue por un hurto de un caballo de la propiedad de D. Rafael Machado y resistencia armada a la ronda del cuartón de Majibacoa, siendo cierto y seguro que si así lo hiciere se le guardará cumplida justicia y en evento contrario se le seguirá la causa por todos sus trámites hasta pronunciar sentencia definitiva parándole el perjuicio que haya lugar y con señalamiento de los estrados del Juzgado para las notificaciones y demás actos del juicio. 

Holguín y Octubre 30 de 1862

Por Gabriel de Castro Palomino, firma su secretario Miguel de Zayas.

viernes, 24 de marzo de 2023

Causa por hurto de una caja de hierro en una casa comercial


EL ORIENTAL
PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS

HOLGUIN 5 de Noviembre de 1862
Año 1. No. 18
Miércoles, San Zacarías, profeta.


En decreto del día de hoy, expedido por el Sr. Alcalde Mayor de esta ciudad y su jurisdicción, en la causa criminal seguida contra D. José Orta, por atribuírsele complicidad en el escalamiento y hurto de una caja de hierro de la casa de comercio de D. Fermín María Marquina, que contenía doscientos cuarenta pesos y cincuenta centavos, se ha dispuesto que por tres números consecutivos del Oriental se convoque a los que sepan quienes cometieron la noche del 24 del corriente en la casa del Puerto de Gibara que se expresó, el delito por que se procede, para que dentro de nueve días comparezcan a declarar sobre los particulares relativos.
Holguín y Octubre 29 de 1862

Fdo. Salvador de Fuentes

Causa por asalto y conato de robo


EL ORIENTAL
PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS

HOLGUIN 5 de Noviembre de 1862
Año 1. No. 18
Miércoles, San Zacarías, profeta.


En auto del 28 del corriente expedido por el Sr, Alcalde Mayor de esta ciudad y su jurisdicción, en la causa criminal instruida a consecuencia del asalto y conato de robo a D. Ramón Rubio, en la noche del 17 en el partido de Guabasiabo y cuartón de Calderón, por el pinto de Arroyo Seco, se ha dispuesto que por tres números consecutivos del Oriental se convoquen a los que sepan quienes fueron los dos hombres que hicieron el asalto, para que dentro de nueve días comparezcan a declarar cuanto les conste.
Holguín y Octubre, 29 de 1862
Fdo. Salvador de Fuentes

Causa por conato de homicidio


EL ORIENTAL
PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS

HOLGUIN 5 de Noviembre de 1862
Año 1. No. 18
Miércoles, San Zacarías, profeta.


En auto del 28 del corriente expedido por el Sr. Alcalde Mayor de esta ciudad y su jurisdicción en la causa criminal instruida a consecuencia del conato de homicidio en la persona de D. Armedio del Monte en la noche del 20 en el Partido de Guabasiabo, se ha dispuesto que por tres números consecutivos del “Oriental” se convoque a los que supiesen quien cometiera el hecho entre diez y once de la noche, para que dentro de nueve días comparezcan a declarar cuanto les conste.

Holguín y Octubre 29 de 1862
Fdo. Salvador de Fuentes

Causa criminal


EL ORIENTAL
PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS

HOLGUIN 5 de Noviembre de 1862
Año 1. No. 18
Miércoles, San Zacarías, profeta.


Con esta fecha ha expedido el Sr. Alcalde Mayor un edicto en la forma siguiente: Don Gabriel de Castro Palomino, Alcalde Mayor de esta Ciudad y su Jurisdicción por S.M. &. Por esta mi primera carta de edicto, cito, llamo y emplazo a D. Buenaventura Pérez, para que el término de nueve días se presente en la Cárcel pública a descargarse de la culpa que le resulta en la causa criminal que se le sigue por hurto de una yegua de D. Domingo Nogales y algunos efectos de D. Juan Zaldívar, en el concepto de que si no lo verifica se continuará la causa en rebeldía hasta dictar fallo definitivo.

Holguín y Octubre 28 de 1862.
Fdo. Gabriel de castro Palomino.
         Jesús Rodríguez.

Y con el fin de que Ud. se sirva darle publicidad en el periódico “El Oriental” despacho la presente en Holguín a 28 de Octubre de 1862
Fdo. Jesús Rodríguez.

Causa seguida por hurto de reses


EL ORIENTAL
PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS

HOLGUIN 5 de Noviembre de 1862
Año 1. No. 18
Miércoles, San Zacarías, profeta.



En la causa criminal seguida por hurto de dos reses de D. José Antonio Sánchez y daño ocasionado a otros del mismo individuo, se ha dispuesto en auto del día de ayer, se convoque a Sánchez en tres números consecutivos del periódico de esta Ciudad, a fin de que dentro de nueve días se presente a declarar por los particulares que se estimen convenientes.
Holguín y Octubre 28 de 1862

Fdo. Rodríguez

Causa seguida por hurto


EL ORIENTAL
PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS

HOLGUIN 5 de Noviembre de 1862
Año 1. No. 18
Miércoles, San Zacarías, profeta.


En la causa criminal seguida contra D. Buenaventura Pérez, por hurto de una yegua color alazán, frentiblanca, de seis y media cuartas de alzada, con este hierro: N, y de la propiedad de D. Domingo Nogales, y un machete de media cinta, una capa y una sobrehúsa de D. Juan Zaldívar, se manda convocar por el periódico de esta Ciudad a las personas que supieren donde se hallan las especies hurtadas a fin de que comparezcan en la Alcaldía Mayor a declararlo.
Holguín y Octubre 28 de 1862
Fdo. Jesús Rodríguez.

Causa por sospecha de hurto y falsedad de documentos

EL ORIENTAL
PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS

HOLGUIN 5 de Noviembre de 1862
Año 1. No. 18
Miércoles, San Zacarías, profeta.


En decreto del día de ayer expedido por el Sr. Alcalde Mayor de esta Ciudad en la causa criminal seguida contra D. Luis del Toro, por sospecha de hurto y falsedad de unos documentos de policía, se ha dispuesto que por treinta números consecutivos del “Oriental” se convoque a los que se consideren con derecho a dos caballos de las señas siguientes: Uno color tordillo mosqueado de seis cuartas y media de alzada, entero, tusado a la drugona, como de ocho a nueve años de edad, y aunque está herrado en el anca del lado de montar no se le distingue la figura; y el otro tordillo pepita de güira, mocho de la oreja del lado contrario de montar, como de seis años de edad, de seis cuartas de alzada, con la cola cortada, de andadura y con este hierro en el capón de afuera: UV, para que comparezcan en el Juzgado hasta nueve días después de postrer inserción a justificar la propiedad y ser interrogados por los particulares convenientes.

Holguín y Octubre 10 de 1862

Fdo. Salvador de Fuentes

miércoles, 8 de marzo de 2023

Sección Judicial

 LA LUZ

PERIODICO LITERARIO, CIENTIFICO, ECONOMICO Y DE NOTICIAS

HOLGUIN, 20 de Julio de 1862. Domingo

Año 1. No. 16

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SECCION JUDICIAL

En auto del día de ayer, expedido por el Sr. Alcalde Mayor de esta jurisdicción en la causa criminal instruida sobre averiguar quiénes son los cinco hombres que asaltaron y robaron a D. Ángel de la Fuente seis onzas y media de oro y varias prendas del mismo metal en la madrugada del día veinte y uno del mes próximo pasado, se ha dispuesto que por tres números consecutivos del periódico La Luz se convoque a los que supieren el nombre de aquellos, para que dentro de nueve días se presenten a declarar cuanto les conste. Y en cumplimiento de lo prevenido, libro el presente. Holguín y Julio 9 de 1862. Fdo. Salvador de Fuentes.

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Por decreto del Sr. Alcalde Mayor de esta Ciudad y su Jurisdicción expedido en las diligencias practicadas en cumplimiento de la ejecutoria de S.E. la Real Audiencia Pretorial recaída en la causa que se siguió contra D. Teófilo de la Cruz y otros por plagio, se ha dispuesto que por dos números consecutivos del periódico “La Luz” se convoque al susodicho Cruz para que en el término de nueve días se presente en la Escribanía de mi cargo a ser notificado de la resolución superior. Holguín, Julio 15 de 1862. Fdo. Rodríguez.

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En auto de ayer expedido por el Sr. Alcalde Mayor de esta Jurisdicción en la causa criminal instruida a consecuencia del incendio ocurrido el día ocho del corriente en las casas de campo de D. Raymundo Mariño, ubicadas en el cuartón de Velasco, Partido de Maniabón, se ha dispuesto que por tres números consecutivos del periódico “La Luz” se convoque a los que supieren el origen de dicho incendio, para que dentro de nueve días comparezca a declarar cuanto les conste. Holguín y Julio, 12 de 1862. Fdo. Salvador de Fuentes.

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En auto de ayer expedido por el Sr. Alcalde Mayor de esta Jurisdicción en la causa criminal instruida a consecuencia del incendio ocurrido el día ocho del corriente en las casas de campo de D. Florentino de Parra, ubicada en el cuartón de Velasco, Partido de Maniabón, se ha dispuesto que por tres números consecutivos del periódico “La Luz” se convoque a los que supieren el origen de dicho incendio, para que dentro de nueve días comparezca a declarar cuanto les conste. Holguín y Julio, 12 de 1862. Fdo. Salvador de Fuentes.

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En auto de este día expedido por el Sr. Alcalde Mayor de la Jurisdicción en la causa criminal instruida a consecuencia del hurto de diez y ocho matulos de tabaco de la propiedad de D. Casiano Fernández, calculado en siete quintales, se ha dispuesto que por tres números consecutivos del periódico “La Luz” se convoque a los que supieren quien o quienes cometieron el delito la noche del nueve del corriente en el cuartón de Uñas, Partido de Guabasiabo, para que dentro de nueve días comparezcan a declarar cuanto les conste. Y en cumplimiento de lo prevenido libro el presente. Holguín y Julio 14 de 1862. Fdo. Salvador de Fuentes.

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Por decreto del Sr. Alcalde Mayor de esta Ciudad y su jurisdicción, expedido en la sumaria instruida contra los que resultan reos de escalamiento y hurto, perpetrado en la casa tienda de D. Benito Suñol, se manda convocar a las personas que sepan quien fuera el autor o autores del hecho para que dentro de nueve días se presenten en el Juzgado a declarar lo que les conste en el particular. Holguín y Julio 5 de 1862. Fdo. Miguel de Zayas.

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martes, 2 de agosto de 2016

Un acto de justicia



Los guardias Municipales José Méndez y Vicente García, acusados del delito de homicidio en el guardia rural Baudilio Núñez (a) Billo, en juicio oral y público, han sido absueltos por la Audiencia de Santiago de Cuba.

Gravísima era la acusación que sobre ellos pesaba y era de esperar su absolución completa sin embargo de aquello, contando con pruebas testificales de su inocencia como tenían.

Lamentamos que aquel escandaloso asesinato quede velado en el misterio y que el peso de la Ley no pueda cumplirse cayendo inexorablemente sobre los criminales; tal vez tenidos por dignos y honrados en el seno de nuestra sociedad.

La Federación, 16.12.1900

Comunicación de Juan A. Calderón en contra de las manifestaciones hechas por el abogado Sr. Belisario Alvarez y Céspedes en el caso que sigue contra José H. Beola



Comunicado.

Holguín, 26 de diciembre de 1900

Sr. Director de La Federación.

Mi estimado amigo: resulta de las manifestaciones del Sr. Belisario Álvarez respecto a mí, transcriptas en mis cartas anteriores, que el Sr. José H. Beola vale mucho, por estar colocado en la cúspide de la fortuna, que él vale más todavía, porque así se lo dicta su vanidad, que yo no puedo consolarme de no ocupar la posición de Beola y que me inspira la envidia y el despecho por todo el que valga más que yo, como ellos dos.

Más, de los escritos de ese Señor resulta también que el habla sin ton ni son, con arreglo a las circunstancias, y que el sello característico de lo que escribe es la falta de sinceridad en lo que dice, como demostraré hoy con sus diferentes maneras de apreciar mis querellas contra el Ferrocarril y sus empleados antes de formularlas y después de formuladas.

Aparte de esa falta de sinceridad en sus juicios, la verdad es que yo soy mucho más envidioso y ambicioso de lo que me supone, puesto que todavía me parecen pequeñas ambas personalidades para ideales míos. Yo realmente envidio a los que a las riquezas o a los honores unen el mérito que los haya llevado a ellos. Ante esos reconozco mi insignificancia y lamento no poder igualarlos; pero ricos como el Sr. Beola y Magistrados como el Sr. Belisario Álvarez, están fuera de mis ambiciones, porque no quiero la riqueza en la forma en que aquel la ha hecho y menos la Magistratura al precio a que este la obtuvo. Para mí hay una diferencia inmensa entre ricos el venerable Juan Martínez, por medio de una larga vida consagrada al trabajo meritorio, y ricos por artes demsiado vulgares, como el Sr. Beola, y entre Magistrados como el Sr. Belisario Álvarez y nuestro compatriota, el Sr. Francisco Rondán, y compadezco a los otros dos, porque yo no desprecio a nadie en esta vida, en que abundan tanto las miserias y bajezas humanas.

Como dejé consignado en mi primera carta, el Sr. Belisario Álvarez convino conmigo en La Habana en la apreciación de los negocios de Beola con mi familia sobre el ingenio Victoria. Todo cuanto yo pudiera decir sería poco para expresar su conformidad entre los dos sobre la naturaleza fea de esos asuntos para Beola, y sobre la mala posición legal en que necesariamente tendría que verse colocado en ambos, si llegaban a promoverse; lo cual no le ha impedido ser después el agente más oficioso de Beola en ellos. En el ferrocarril, después de muchas vueltas y revueltas sin atinar con su defensa, tuvo la desdichada ocurrencia para sus defendidos, de comenzarla censurándome por haber ejecutado la acción civil, proclamando que debía haber promovido el procedimiento criminal y alegando a favor de aquellos el hecho de que yo hubiese escogido la vía civil en vez de la penal. Siguiendo yo, entonces, su consejo porque así procedía en efecto, y para que vieran sus defendidos el buen Abogado que se habían echado, suspendí el pleito civil e interpuse en su lugar dos querellas, una a nombre del Sr. José Ramón de Fuentes y otra a nombre de los hermanas de éste, Doña Francisca y Doña María Jacinta; más entonces el Sr. Belisario Álvarez asustado ante las consecuencias naturales de esos procedimientos, acudió precipitadamente a las querellas, a solicitar que no se me admitieran, en virtud de una Orden que exime de castigo los hechos cometidos durante la guerra por fuerzas militares en activo servicio, como si los trabajadores, empleados y directores del Ferrocarril hubiesen constituido entonces algún cuerpo militar.

He aquí los términos en que antes de esta solicitud había abogado jactanciosamente por el procedimiento criminal:

“Lo que el demandante debió hacer era haber demandado a los autores materiales de los daños de que se queja, por sus actos propios y subsidiariamente a la Empresa referida, representándola en el juicio su Presidente; o más derechamente, haber denunciado el delito que con arreglo al Código Penal constituyen esos daños, pues no debe ignorar su representación que las obligaciones procedentes de delito están sometidas a las disposiciones de dicho Código, ora (Sic)la responsabilidad civil deba exigirse a los reos, ora a las personas cuya custodia y autoridad estuviesen constituidos, base 21 de la Ley de 11 de mayo de 1888 para la redacción del Código penal vigente. Y el haber faltado a ese precepto, iniciando la vía civil en lugar de la criminal que a dicha responsabilidad también atiendo, artículos 17, 18 y 19 y sus concordantes del citado Código, constituirá una de las excepciones perentorias que habremos de alegar como demostración de la falta de acción del demandante, por haber equivocado la que corresponde”.

Ni al picapleitos más picador de pleitos se le ocurre llamar así un procedimiento criminal sobre sus mismos defendidos, ni el más ramplón de los abogados incurre después de eso en la consecuencia de forcejear porque no se forme causa invocada por él mismo. La ocurrencia de defenderse de la acción civil, alegando que se le debió perseguir criminalmente, y de la penal pretendiendo que solo se le puede exigir la civil, estaba reservada a la sabiduría, experiencia y habilidad del Sr. Belisario Álvarez, que con ese trampolín cree posible burlarse de la ciencia de todos los legisladores, jugar con la rectitud de todos los Jueces y anular todos los derechos contrarios. Este curioso parto jurídico o es efecto de la edad o es defecto del juicio o procede de la falta de principios y convicciones que impide discernir el bien del mal, lo justo de los injusto, lo noble de lo innoble, lo que se puede hacer de lo que no se debe hacer nunca.

Fdo: Juan A. Calderón.

La Federación, 16.12.1900