Páginas

viernes, 24 de marzo de 2023

Subasta de postas entre las ciudades Santiago de Cuba, Mayarí y Savia de Tánamo

EL ORIENTAL
PERIODICO LITERARIO, MERCANTIL, ECONOMICO Y DE NOTICIAS

HOLGUIN 5 de Noviembre de 1862
Año 1. No. 18
Miércoles, San Zacarías, profeta.


Comandancia Militar y Tenencia de Gobierno de Holguín.

DON JUAN HUERTA Y SOTRE. Comendador de la Real y distinguida orden Civil Española de Carlos III, dos veces Caballero de primera clase con placas de la Real y Militar de San Fernando, Caballero de la de San Hermenegildo, condecorado con otras cruces de distinción por acciones de guerra. Benemérito de la Patria. Delegado del Real Cuerpo de Ingenieros. Teniente Coronel efectivo del arma de Caballería y Comandante Militar Teniente Gobernador de Holguín y su Jurisdicción.

Estando para terminarse las contratas de postas entre la Ciudad de Cuba y Mayarí y el último punto y Sagüa de Tánamo, se ha servido de prevenirme el Excmo. Sr. Gobernador Superior Civil, que proceda a las subastas simultáneamente que el Excmo. Sr. Gobernador de Cuba, según instrucción de 8 de Noviembre de 1859 y las que me da S.E.

Dichos actos tendrán lugar por dos años a las doce y once respectivamente del día 5 de Diciembre próximo en esta casa de Gobierno, siendo el tipo máximo para la contrata de Cuba a Mayarí de 3.500.00 pesos y para la de Mayarí a Sagüa de Tánamo de 1.496.00 pesos anuales. Los pliegos de condiciones se manifestarán por mí a quienes deseen enterarse de ellos. Las proposiciones se harán bajo la fórmula siguiente: “Me obligo a desempeñar la conducción del Correo por la línea postal entre tal y tal punto, por la suma de tantos pesos anuales, según las condiciones conferidas en el pliego duplicado. Fecha y firma”; haciéndose proposición para cada una de dichas dos contratas y dirigiéndomelas hasta el acto de remate, con justificación de haber entregado en depósito, como garantía de la posta de Cuba a Mayarí de 350.00 pesos, y por la de Mayarí a Sagua de Tánamo, 140.00, en metálico, en la Administración de Rentas Reales de esta Ciudad, o en su defecto, obligación de persona de arraigo que responda legalmente de dichas sumas en el concepto de que los interesados concurrirán a los remates, porque habiendo distintas proposiciones igualmente beneficiosas, se abrirá en el acto licitación verbal entre los que las presentaron, considerando que desiste de la licitación el que no comparezca para tal caso, y que se desechará toda proposición que exceda del minimun citado, que le falte cualquier requisito de los dichos, o que contenga modificación o clausulas condicionales, puesto que solo han de girar sobre la cantidad tipo.

Y a fin de que llegue a conocimiento de todos, insértese tres veces consecutivas en distintos números del “El Oriental”.

Holguín, 30 de Octubre de 1862

No hay comentarios:

Publicar un comentario