Desde el
día primero del corriente han sido separados de sus cargos, sin haber cometido
falta alguna, los empleados de la cárcel pública, siendo nombrados para el
desempeño de aquellas plazas los señores siguientes: Francisco Ochoa Mora, para
Alcalde; Clodomiro Ochoa Llavero y José Estevez Morales, Gonzalo Martínez,
Joaquín Artigas Zaldívar, José Parra, Ramón Ruiz y Francisco Abuín para
escoltas.
Remitido.
Sr.
Director de El Eco de Holguín.
Muy Señor mío;
Ya tendrá Usted noticias de que desde el día 1ro del presente se me ha
declarado cesante en unión de todos los empleados que servían a mis órdenes en la Cárcel pública de esta
Ciudad. Ese procedimiento, señor Director, no tiene nada de extraño por ser
puramente colonial; pero yo no me
quejo porque de mis 74 años 54 son de Cuba, porque en ellos los he vivido y en
ella he formado mi familia y en ella tengo todas mis afecciones.
Me quejo
porque siendo Escolta de la
Cárcel se me llamó por el Gobierno Interventor para que con
el carácter de interino sirviera la plaza de Alcalde; me quejo porque si yo no
fui a defender la causa de la libertad de Cuba, no por eso dejaron de ir tres
de mis hijos, que uno llegó al empleo de oficial y dos soldados del Ejército
Libertador; me quejo porque creí que si lo que dejo expuesto y mis servicios no
valen nada, al menos me dejarían en el puesto de Escolta que era el mío, y el
que yo quería servir y de este modo, políticamente hablando, quedaría bien
sentado el principio de unión y concordia, pues desde el momento en que a los
españoles no inscriptos se les hacía acreedores a desempeñar cargos públicos,
era una prueba de que adquirían los mismos derechos.
Teniendo en
cuenta todo cuanto dejo expuesto, solo me falta preguntar: ¿será mi delito el
de haber nacido en España?.
Fdo: Juan
Serrano
El Eco de Holguín, 04.04.1900
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